PROPUESTA DE CC.OO. PARA EL CATALOGO DE CATEGORIAS PROFESIONALES Y PROVISION DE VACANTES DE LA FLOTA.



PROPUESTA DE LA SECCION SINDICAL DE CC.OO. PARA EL:

CATALOGO DE CATEGORIAS PROFESIONALES 
Y
PROVISION DE VACANTES.

DE LA FLOTA MARITIMA DE SASEMAR.


A la Comisión Permanente del XIII Convenio colectivo de flota se le ha encargado negociar el Catálogo de Categorías Profesionales y un procedimiento para Provisión de Vacantes, como base de la ordenación y garantía de los derechos profesionales y laborales de quienes trabajamos ahora en una Empresa Pública como SASEMAR.

Llevamos cerca de un año y CC.OO., entiende que el estado actual de los trabajos no responde a los objetivos planteados desde un principio, especialmente en lo referente al proceso de admisión a una empresa pública y/o el derecho a una carrera profesional regulada y ordenada.

Consecuencia de esto, desde la Sección Sindical de CC.OO., hemos promovido nuestra propia propuesta que os resumimos en líneas generales a continuación:

1. Creación de un sistema de Clasificación Profesional inspirado en la costumbre, la ordenación en nuestro sector, y la normativa laboral y de empleo público.

2. Establecer un procedimiento ordenado para la provisión de vacantes en base a los siguientes procesos:

a) Provisión Temporal de Vacante bajo condiciones de urgencia y con carácter temporal hasta su cobertura ordinaria según el siguiente orden:
Por el personal de la propia entidad.
Por el personal de la bolsa de embarque
Por personal seleccionado por el Servicio Público de Empleo.
b) Provisión Ordinaria de Vacante de todos los puestos que se produzcan según el siguiente orden:
Concurso de traslado.
Promoción Interna.
c) Provisión Externa de Vacante por concurso-oposición en el caso de que los puestos que se produjeran no resultasen cubiertos por el procedimiento de provisión ordinaria.

3. Las Categorías Profesionales designadas en Convenio Colectivo como de especial confianza, podrán ser objeto de designación por SASEMAR bajo condiciones más flexibles pero reguladas.

4. Creación de un Registro de acreditación de méritos, de actualización permanente.

5. Poner las bases para la creación de una Bolsa de Embarque pública y transparente.

Estas son las directrices que marcan nuestra propuesta y con las que hemos conformado el Catálogo de Categorías Profesionales y una nueva redacción del Capítulo IV del actual XIII Convenio Colectivo de Flota.

Entendemos que estas garantías mínimas, más allá de la catalogación de las Categorías Profesionales en que resulten, son la verdadera garantía de que la entidad puede funcionar con agilidad para asegurar el servicio público que prestamos, al tiempo que nuestra carrera profesional se configura como un verdadero derecho individual, gestionado con transparencia e igualdad.

Madrid, nueve de septiembre de dos mil dieciséis. 

PROPUESTA PARA EL CATALOGO DE CATEGORIAS PROFESIONALES.

SINTESIS.

La clasificación profesional y la ordenación de puestos de trabajo son por una parte, instrumentos técnicos esenciales mediante los que la empresa realiza la ordenación de sus recursos humanos, de acuerdo con su facultad organizativa y las necesidades del servicio público que presta, en el caso de SASEMAR, salvamento y lucha contra la contaminación del medio marino sobre los 1,5 millones de kilómetros cuadrados y 7.880 kilómetros de costa, precisando los requisitos mínimos para el desempeño de cada puesto, sus características profesionales y retribuciones salariales. Por otra parte, son el resultado de la negociación colectiva entre empresa y sindicatos, por lo que se aseguran y articulan los derechos laborales y profesionales de las personas asalariadas.

Para llevar a cabo la clasificación profesional del personal que tripula la flota marítima de SASEMAR se han tenido en cuenta tres divisiones fundamentales:

En primer lugar, se han creado las áreas funcionales sobre las que se articula el servicio público que gestiona SASEMAR y que son:
Remolcadores.
Guardamares.
Salvamares.

En segundo lugar, se han tenido en cuenta las unidades transversales en las que los trabajadores se agrupan dentro de cada área funcional y en la que vienen desarrollándose cometidos funcionales claramente diferenciados y que son:
Cubierta.
Máquinas.

Por último, se ha realizado la clasificación en grupos profesionales, mediante los cuales, se agrupan unitariamente las aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y pudiendo incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador,  de conformidad con el ART 22 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Titulados Universitarios.
Titulados Técnicos.
Maestranzas.
Subalternos.

Como resultado de este sistema de clasificación profesional se han encuadrado en la tabla de clasificación profesional las 20 categorías profesionales que componen la flota marítima de SASEMAR agrupándolas en:
3 Areas Funcionales
2 Unidades Transversales.
4 Grupos Profesionales.

En dicha tabla se recoge también una columna con los 14 niveles retributivos de acuerdo a las tablas salariales del XIII convenio colectivo de flota.

Con este sistema, se aseguran criterios de profesionalidad y especialización, sirviendo de base a la articulación de los sistemas y derechos de movilidad y promoción. 

La tabla de clasificación profesional se puede ver en el Anexo I las tablas de retribuciones salariales en el Anexo II de este catálogo de categorías profesionales.

CAPITULO I.
DISPOSICIONES GENERALES.

1. Rango y Objeto.
El presente catálogo de categorías profesionales se integrará en el Anexo VI del el XIII convenio colectivo de flota y tiene por objeto ordenar y clasificar las diferentes categorías profesionales que integran la flota marítima de SASEMAR.

2. Definiciones.
A efectos de este catálogo de categorías profesionales, se entiende por:

Unidad de Embarque: A la unidad física para navegar en la que el trabajador se encuentra enrolado. A fecha de hoy, SASEMAR, consta de 73 unidades de embarque (Don Inda, Alonso de Chaves, María PitaCaliope, TaliaLevante, Sirius, Rigel).

Area Funcional: A la agrupación de unidades de embarque con identidad propia que realizan cometidos y tareas similares (área funcional: Remolcadores, Guardamares, Salvamares).

Unidad Transversal: A los departamentos originados por la agrupación de las funciones de carácter técnico-profesional y que se vienen desarrollando en todas las áreas funcionales (unidad transversal: Cubierta, Máquinas).

Grupo profesional: Al que agrupa unitariamente las aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador (titulados universitarios, titulados técnicos superiores.).

Funciones: Al conjunto de deberes y responsabilidades propias de la categoría profesional.

Misión: A la descripción general de sus funciones.

Aptitudes: A las capacidades y destrezas para el desempeño de las funciones.

Titulo Académico: Al titulo otorgado por la Universidad o por el órgano competente de las Comunidades Autónomas, que acredita la superación de la formación establecida en el Código STCW (Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar).

Título Profesional: Al título profesional de marina mercante expedido por la Administración Marítima Española que faculta a su legítimo titular para prestar servicio en el cargo estipulado y desempeñar las funciones previstas para el nivel de responsabilidad especificado.

Experiencia Profesional: Al desempeño en el ejercicio de las actividades propias de la profesión y que son exigidas como requisito para la categoría profesional.

Categoría Profesional: A la agrupación de funciones, aptitudes, titulación y experiencia, necesarias y exigibles, y que condicionan la incorporación y el ascenso de los profesionales a las unidades de embarque de acuerdo con el grupo profesional, área funcional y unidad transversal correspondiente (categoría profesional: Capitán Buque Salvamento Electricista Buque Salvamento Mecánico Guardamar Salvamento Marinero Lancha Salvamento).

Puesto de Trabajo: Al desempeño de las funciones de la categoría profesional en una unidad de embarque (puesto de trabajo: Capitán Buque de Salvamento de la unidad de embarque DON INDA.)

Clasificación profesional: Al conjunto de grupos profesionales y categorías profesionales que existen en una empresa, organizados conforme al conjunto de cometidos asignados a cada puesto de trabajo.

Catálogo de Categorías Profesionales: Al documento pactado entre la empresa y los representantes de los trabajadores, donde están definidas y regladas todas las categorías profesionales recogidas actualmente en el convenio colectivo de flota. El catálogo de categorías profesionales de la flota marítima de SASEMAR está recogido en el Anexo VI del XIII convenio colectivo de flota.

Tabla de Clasificación Profesional: A la tabla donde viene recogida cada categoría profesional de acuerdo con su correspondiente grupo profesional, área funcional y unidad transversal. Dicha tabla está recogida en el Anexo I de este catalogo de categorías profesionales.

Nivel Retributivo: A la ordenación descendente del 1 al 14 que resultan de sumar, para cada categoría profesional, la retribución salarial ordinaria de las doce mensualidades mas las dos pagas extraordinarias de devengo semestral.

Ficha Profesional: A la tabla donde se especifica para cada categoría profesional su denominación, grupo profesional, nivel retributivo, área funcional, unidad transversal, misión, funciones, aptitudes, titulo académico, titulo profesional y experiencia profesional.

Comisión Negociadora del Catálogo de Categorías Profesionales: A la Comisión formada, por una representación de la empresa y de los trabajadores, constituida con la finalidad de elaborar el catálogo de categorías profesionales.

3. Ambito de aplicación.
Este catálogo de categorías profesionales es de aplicación al personal laboral fijo, indefinido (a extinguir) o interino que desempeñe su función en cualquiera de las unidades de embarque de la flota marítima de SASEMAR.

4. Actualización.
El presente catálogo de categorías profesionales será revisable a petición de alguna de las partes firmantes para adaptarse a nuevas exigencias legales o necesidades organizativas.

En el caso de existir sentencias estimatorias recaídas con motivo de reclamaciones en materia de clasificación profesional, la comisión negociadora del catálogo de categorías profesionales se reunirá para realizar las correspondientes modificaciones al catálogo de categorías profesionales así como de las que pudieran derivarse, si hubiera lugar a ello.

5. Ultima revisión.
La última revisión de este Catálogo de Categorías Profesionales fue el nueve de septiembre de dos mil dieciséis.

CAPITULO II.
GENERALIDADES.
    
6. Contenido.
En el presente catálogo de categorías profesionales se recogen:

La ficha profesional de todas las categorías profesionales de la flota marítima de SASEMAR.
La tabla de clasificación profesional.
Las tablas de retribuciones.

7. Ficha profesional.
En cada ficha profesional se recogen los requerimientos  mínimos exigibles a cada categoría profesional para la prestación del servicio público en el ámbito laboral tan específico como el que se desarrolla en la flota de SASEMAR, y que condicionan la incorporación y el ascenso de los profesionales en las unidades de embarque de acuerdo con el grupo profesional, área funcional y unidad transversal correspondiente.
   
El catálogo consta de 20 fichas profesionales, cada ficha recoge: la denominación, grupo profesional, nivel retributivo, área funcional, unidad transversal, funciones, aptitudes, título académico, título profesional y experiencia.

La distribución de las 20 fichas profesionales que componen la flota de SASEMAR, se han ordenado en este catálogo de categorías profesionales de acuerdo con su grupo profesional de pertenencia y nivel retributivo, bajo el siguiente orden:


GRUPO PROFESIONAL A.
*   Capitán Buque de Salvamento.
*   Jefe Máquinas Buque de Salvamento.
*   Primer Oficial de Puente Buque de Salvamento.

*   Primer Oficial de Máquinas Buque de Salvamento.
*   Segundo Oficial de Puente Buque de Salvamento.
*   Segundo Oficial de Máquinas Buque de Salvamento.

GRUPO PROFESIONAL B.
*   Patrón Guardamar de Salvamento.
*   Mecánico Guardamar de Salvamento.
*   Patrón Lancha de Salvamento.
*   Primer Oficial de Puente Guardamar de Salvamento.
*   Segundo Oficial de Puente Guardamar de Salvamento.
*   Mecánico Lancha de Salvamento.

GRUPO PROFESIONAL C.
*   Contramaestre Buque de Salvamento.
*   Electricista Buque de Salvamento.
*   Cocinero Buque de Salvamento.
*   Cocinero Guardamar de Salvamento.

GRUPO PROFESIONAL D.
*   Marinero Buque de Salvamento.
*   Engrasador Buque de Salvamento.
*   Marinero Guardamar de Salvamento.
*   Marinero Lancha de Salvamento.
  
8. Estructura.
El presente catálogo de categorías profesionales se establece en función de la organización específica del trabajo a desarrollar en la actividad propia de la flota de SASEMAR y está estructurado en:

Grupos Profesionales.
Areas Funcionales.
Unidades Transversales.
  

De esta forma, se favorece la estructura organizativa planificada, la movilidad laboral, así como el respeto del principio de unidad de flota y empresa recogido en el Artículo 6 del vigente XIII Convenio Colectivo de Flota publicado en el BOE por RESOLUCION de 17 de abril de 2008, de la Dirección General del Trabajo, por la que se registra y publica el XIII Convenio Colectivo de Flota de Remolques Marítimos, Sociedad Anónima. 

9. Encuadramiento.
Cualquier persona en función del puesto de trabajo que desarrolle en la flota marítima de SASEMAR estará encuadrado en un grupo profesional, área funcional y unidad transversal.

La posesión por parte de un trabajador de alguno o todos los requerimientos representativos de un grupo profesional determinado, no implica su adscripción al mismo, sino que su encuadramiento estará determinado por la exigencia y el ejercicio efectivo de tales competencias en las funciones correspondientes a su puesto de trabajo.

La pertenencia a un grupo profesional y área funcional capacitará para el desempeño de todas las tareas y cometidos propios de las mismas, sin mas limitaciones que las derivadas de la exigencia de las titulaciones y de los demás requisitos de carácter profesional contemplados en el catálogo de categorías profesionales.

10. Criterios para la determinación del encuadramiento.
Los criterios que influyen en la clasificación profesional de los trabajadores en los diferentes grupos profesionales de los que se compone este catálogo de categorías profesionales es el del resultado que ofrece la ponderación, entre otros, de los siguientes factores:

Mando.
Conocimientos.
Experiencia.
Responsabilidad.
Iniciativa.
Autonomía.
Complejidad.

Mando: Factor para cuya valoración se tiene en cuenta el grado de supervisión y ordenación de las funciones y tareas, la capacidad de interrelación, las características del colectivo y el número de personas sobre las que se ejerce dicho mando.

Conocimiento: Factor para cuya valoración se tienen en cuenta, además del nivel de preparación mínimo exigido por los Códigos Internacionales (STCW),  el grado  de  dificultad  exigido  para  la  adquisición  de dicho conocimiento. Así, como el desarrollo e intensificación en los contenidos teórico-práctico de los planes de formación de las respectivas titulaciones.

Experiencia: Factor para cuya valoración se tienen en cuenta la experiencia adquirida y el grado de dificultad exigido para la adquisición de dicha experiencia.

Responsabilidad: Factor para cuya valoración se tiene en cuenta el grado de autonomía de acción del trabajador, el nivel de influencia sobre los resultados, la relevancia de la gestión sobre recursos humanos, técnicos y productivos, y la asunción del riesgo por las decisiones tomadas y sus consecuencias.

Iniciativa: Factor para cuya valoración se tiene en cuenta el grado de seguimiento de normas, procedimientos o directrices para la ejecución de tareas o funciones.

Autonomía: Factor para cuya valoración se tiene en cuenta el grado de dependencia jerárquica en el desempeño de tareas o funciones que se desarrollen.

Complejidad: Factor para cuya valoración se tiene en cuenta el número y el grado de integración de los diversos factores antes enumerados en la tarea o puesto encomendado.

11. Nivel retributivo.
A cada categoría profesional le corresponde un nivel retributivo como resultado de su grupo profesional, área funcional y unidad transversal.

12. Sistema de provisión de vacantes.
El acceso a los diferentes puestos de trabajo se hará por los sistemas de provisión de vacantes regulados en el capítulo IV del XIII convenio colectivo de flota, el cual se ha modificado para adaptarse a la nueva realidad empresarial y se recoge en el Anexo VII del XIII convenio colectivo de flota.

La dirección de la empresa facilitará al comité de flota dentro de los dos primeros meses de cada año el catálogo de puestos de trabajo para las tripulaciones de la flota, y consultará previamente a dicho comité de flota cualquier propuesta de modificación.

CAPITULO III
DOCUMENTACION.

13. Certificación de la experiencia.
La certificación de la experiencia laboral, se acreditará mediante la presentación de constancias escritas:

a) En la Mar:
Buques de Bandera Española:
Libreta Marítima Española con los cuños y firmas correspondientes de embarque y desembarque del Capitán/Patrón y Capitanía Marítima.   
      
Buques de Bandera NO Española:
Libreta Marítima de la Bandera del Buque y/o Certificado de Empresa Naviera.

b) En tierra:
Algún documento que pueda acreditar su vinculación, contrato de trabajo, vida laboral

14. Atribuciones.
Todos los títulos profesionales que se exijan en este catálogo de categorías profesionales para cada categoría profesional, deberán de tener las atribuciones necesarias para el despacho de la unidad de embarque.

15. Documentación para embarcar.
Todos los grupos profesionales deberán estar en posesión de la Libreta Marítima y de los títulos y certificados fijados por la Autoridad Marítima para poder embarcar, de conformidad con el Real Decreto 938/2014, de 7 de noviembre y Real Decreto 80/2014, de 7 de febrero (modifica el RD 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante). Resolución de 18 de junio de 2013 de la DGMM por la que se actualizan y modifican los cursos de formación, recogidos en la Orden FOM/2296/2002 (actualiza los cursos regulados en la Orden FOM/2296/2002).

Resolución de 20 de mayo de 2013 de la DGMM (regula el Certificado de Cocinero M.M.). Orden PRE/646/2004 de 5 de marzo (establece los contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado de formación sanitaria de los trabajadores del mar) y Resolución de 24 de abril de 2013 del Instituto Social de la Marina (contenidos mínimos de los programas de actualización en formación sanitaria específica y sobre formación sanitaria específica a distancia).
  

CAPITULO IV.
GRUPOS PROFESIONALES.
16. Grupo profesional A.

Este grupo profesional lo componen las categorías profesionales que tienen o pueden tener la responsabilidad directa sobre una unidad de embarque o sobre una unidad transversal de una unidad de embarque, de más de 900 GT y 3700 kW.

Para su desempeño, requieren un alto grado de conocimientos teóricos y prácticos que ejercen sobre las distintas ramas científico-técnicas de la actividad.

Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos concretos.

Tiene un alto grado de exigencia en los factores de iniciativa, autonomía y responsabilidad.

Llevan a cabo funciones consistentes en la realización de actividades complejas.

Integran, coordinan y supervisan la ejecución de trabajos multidisciplinares con la responsabilidad de dirigir el trabajo de un conjunto de trabajadores, se incluyen además la realización de tareas complejas pero homogéneas.

Para el desempeño de sus funciones se requiere de alguna de las siguientes titulaciones según las categorías profesional:

Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado Universitario, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Másteres Universitarios Oficiales (EEES).

El GRUPO PROFESIONAL A incluye las siguientes categorías profesionales:
*   Capitán Buque de Salvamento.
*   Jefe Máquinas Buque de Salvamento.
*   Primer Oficial de Puente Buque de Salvamento.
*   Primer Oficial de Máquinas Buque de Salvamento.
*   Segundo Oficial de Puente Buque de Salvamento.
*   Segundo Oficial de Máquinas Buque de Salvamento.


Capitán Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
CAPITAN BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
A
NIVEL RETRIBUTIVO
1
CATEGORIA PROFESIONAL DE ESPECIAL CONFIANZA
SI
AREA
FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Máximo responsable de la unidad de salvamento y representante de SASEMAR frente a terceros. Dirigir, coordinar y controlar todas las actividades que se realizan a bordo. Es el responsable de la seguridad del buque, tripulación, navegación, organización del trabajo a bordo y protección del medio ambiente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Dirigir todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación del buque.
Dirigir y controlar todas las actividades a bordo relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque, lucha contra la contaminación y lucha contraincendios.
Convocar y coordinar las reuniones diarias para planificar trabajos.
Hacer cumplir  a los tripulantes los procedimientos de trabajo, prevención de riesgos y seguridad.
Implantar los principios de la compañía sobre seguridad y protección, así como fomentar la aplicación de los mismos.
Promover, asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
Realizar las actuaciones económicas y de empresa que le sean encomendadas por SASEMAR.
Coordinar por sí solos o conjuntamente con los técnicos de Operaciones Especiales los equipos multidisciplinares en operaciones de salvamento y lucha contra la contaminación marina.
Coordinar y supervisar la ejecución de las operaciones de salvamento de buques y lucha contra la contaminación conforme a los protocolos de SASEMAR.
Evaluar desde su posición las condiciones en las que se encuentran los buques asistidos, en especial los de transporte de cargas peligrosas a granel.
Participar y asesorar sobre estudios de reflotamiento, extinción de incendios, estabilización, extracción de combustible, etc, si así se le es solicitado por SASEMAR.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.
TITULO   
  ACADEMICO
Licenciado Universitario o, Grado y Master (EEES).
TITULO
 PROFESIONAL
Capitán de la Marina Mercante Española.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
3 años embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Puente de los que al menos, 2 sean como 1º Oficial de Puente.



Jefe Máquinas Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
JEFE MAQUINAS BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
A
NIVEL RETRIBUTIVO
2
AREA
FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
MAQUINAS
MISION
Ejercer la dirección y la jefatura del servicio de máquinas y los equipos propulsores principales y auxiliares del buque, así como las demás funciones que le atribuya la normativa vigente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Controlar el funcionamiento integral de la cámara de máquinas y de todos los equipos asociados a la misma del buque.
Dirigir y controlar las actividades de su departamento relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque, lucha contra la contaminación y lucha contraincendios.
Informar al Capitán de los datos e incidencias que se producen en su área de competencia.
Controlar los consumos de combustibles, aceites y grasas que sean gestionados por su departamento.
Cumplimentar la documentación e información técnica de los equipos asociados al departamento de máquinas en colaboración con el departamento técnico.
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Cumplir y hacer cumplir  al personal de su dependencia los procedimientos de trabajo, prevención de riesgos y seguridad.
Convocar y coordinar las reuniones diarias en las que se planifiquen los trabajos a realizar
Dirigir y controlar los trabajos de mantenimiento, conservación y reparación de la maquinaria principal, auxiliar y servicios del buque dependientes del Departamento de Máquinas.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
ACADEMICO
Licenciado Universitario o, Grado y Master (EEES).
TITULO    
PROFESIONAL
Jefe Máquinas de la Marina Mercante Española.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
3 años embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Máquinas de los que al menos, 2 sean como Primer Oficial de Máquinas.




Primer Oficial de Puente Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
PRIMER OFICIAL DE PUENTE BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
PROFESIONAL
A
NIVEL RETRIBUTIVO
3
AREA
FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Sigue en rango al Capitán y en caso de incapacidad de éste asumirá el mando del buque y ejercerá las demás funciones que le atribuya la normativa vigente. Ejercer como oficial encargado de las guardias de mar y puerto en el servicio de puente y cubierta del buque, así como otros cometidos de carácter técnico, administrativo y mercantil, comercial o de otra naturaleza que le atribuya la normativa vigente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Colaborar en todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación.
Participar a las órdenes del Capitán en todas las actividades a bordo relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque, lucha contra la contaminación y lucha contraincendios.
Gestionar y supervisar los registros informáticos y formato papel correspondientes a su unidad.
Organizar y controlar el trabajo de los tripulantes de las categorías: maestranza y subalterno, que pertenezcan a su departamento, a fin de mantener el buque en las áreas de su competencia, en las mejores condiciones de higiene, limpieza, orden, funcionamiento y seguridad, incluido el mantenimiento de equipos y pertrechos.
Cumplir y hacer cumplir a los tripulantes los procedimientos de trabajo, prevención de riesgos y seguridad.
Impartir las charlas de motivación.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad.
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
Colaborar en la realización de las actuaciones económicas y de empresa que le sean encomendadas.
Coordinar por sí solo, con el Capitán, o conjuntamente con los técnicos de Operaciones Especiales los equipos multidisciplinares en operaciones de Salvamento y lucha contra la contaminación marina.
Coordinar y supervisar la ejecución de las operaciones de salvamento de buques y lucha contra la contaminación conforme a los protocolos de SASEMAR.
Evaluar desde su posición las condiciones en las que se encuentran los buques asistidos, en especial los de transporte de cargas peligrosas a granel.
Participar y asesorar sobre estudios de reflotamiento, extinción de incendios, estabilización, extracción de combustible, etc, si así se le requiere por parte del Capitán.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO   
 ACADEMICO
 Diplomado Universitario o Grado (EEES)
TITULO  
 PROFESIONAL
Piloto de Primera de la Marina Mercante Española.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
3 años embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Puente.



Primer Oficial de Máquinas Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
PRIMER OFICIAL DE MAQUINAS  BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
A
NIVEL RETRIBUTIVO
3
AREA
FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
MAQUINAS
MISION
Sigue en rango al Jefe de Máquinas y en caso de incapacidad de éste será responsable de la propulsión mecánica del buque y ejerce las demás funciones que le atribuya la normativa vigente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Controlar y vigilar bajo las órdenes del Jefe de Máquinas el funcionamiento integral de la cámara de máquinas y de todos los equipos asociados a la misma del buque.
Participar bajo las órdenes del Jefe de Máquinas en todas las actividades de su departamento relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
Coordinar con los agentes involucrados los trabajos de subsanado de averías y reparaciones.
Organizar y participar en los trabajos de mantenimiento de los equipos y sistemas del Departamento de Máquinas.
Cumplir y hacer cumplir los tripulantes los procedimientos de trabajo, prevención de riesgos y seguridad.
Colaborar con el Jefe de Máquinas y los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados para la varada
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Controlar y mantener actualizado el inventario de respetos del departamento de máquinas.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
 ACADEMICO
 Diplomado Universitario o Grado (EEES).
TITULO    
 PROFESIONAL
Oficial de Máquinas de Primera de la Marina Mercante Española.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
 3  años embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Máquinas.




Segundo Oficial de Puente Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
SEGUNDO OFICIAL DE PUENTE BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
PROFESIONAL
A
NIVEL RETRIBUTIVO
4
AREA
FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Sigue en rango al Primer Oficial de Puente y en caso de incapacidad de éste asumirá el mando del buque y ejercerá las demás funciones que le atribuya la normativa vigente. Ejercer como oficial encargado de las guardias de mar y puerto en el servicio de puente y cubierta del buque, así como otros cometidos de carácter técnico, administrativo y mercantil, comercial o de otra naturaleza que le atribuya la normativa vigente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Colaborar en todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación.
Participar a las órdenes del Capitán y/o Primer Oficial en todas las actividades a bordo relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque ,lucha contra la contaminación y lucha contraincendios.
Canalizar, gestionar y supervisar los registros informáticos y formato papel correspondiente a su unidad de salvamento.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
Colaborar en la realización de las actuaciones económicas y de empresa que le sean encomendadas por el Capitán.
Coordinar por sí solos o conjuntamente con los técnicos de Operaciones Especiales los equipos multidisciplinares en operaciones de Salvamento y lucha contra la contaminación marina.
Coordinar y supervisar la ejecución de las operaciones de salvamento de buques y lucha contra la contaminación conforme a los protocolos de la Sociedad.
Evaluar desde su posición las condiciones en las que se encuentran los buques asistidos, en especial los de transporte de cargas peligrosas a granel.   
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO   
 ACADEMICO
 Diplomado Universitario o Grado (EEES).
TITULO 
   PROFESIONAL
Piloto de Segunda de la Marina Mercante Española.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
1 año embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Puente.



Segundo Oficial de Máquinas Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
SEGUNDO OFICIAL DE MAQUINAS  BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
A
NIVEL RETRIBUTIVO
4
AREA
 FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
MAQUINAS
MISION
Sigue en rango al Primer Oficial de Máquinas y en caso de incapacidad de éste será responsable de la propulsión mecánica del buque y ejerce las demás funciones que le atribuya la normativa vigente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Controlar y vigilar bajo las órdenes del Jefe y Primer Oficial de Máquinas el funcionamiento integral de la cámara de máquinas y de todos los equipos asociados a la misma del buque,
Participar bajo las órdenes en todas las actividades de su departamento relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
Realizar junto al Primer Oficial de Máquinas los trabajos de mantenimiento de los distintos equipos y sistemas del Departamento de Máquinas.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO  
  ACADEMICO
 Diplomado Universitario o Grado (EEES).
TITULO   
  PROFESIONAL
Oficial de Máquinas de Segunda de la Marina Mercante Española.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
 1  año embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Máquinas.




17. Grupo profesional B.
Este grupo profesional lo componen aquellas categorías profesionales que tienen o pueden tener la responsabilidad directa sobre una unidad de embarque o sobre una unidad transversal de una unidad de embarque, de menos de 200 GT y 3500 kW.

Para ambas categorías se requiere la realización de funciones con alto grado de especialización y que integran, coordinan o supervisan la ejecución de varias tareas homogéneas o funciones especializadas que requerirán una amplia experiencia y habilidad profesional. También se requerirá de un alto grado de responsabilidad.

Realizan trabajos de ejecución autónoma que exija habitualmente iniciativa por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de las mismas, pudiendo ser ayudados por otro u otros trabajadores de grupos profesionales inferiores. Asimismo, se responsabilizan de organizar el trabajo de un conjunto de trabajadores y pueden tener mando directo sobre los mismos así como la supervisión de su trabajo.

Para el desempeño de sus funciones se requiere de alguna de las siguientes titulaciones según la categoría profesional:

Título de Técnico Superior, Técnico Medio o equivalentes.

El GRUPO PROFESIONAL B incluye las siguientes categorías profesionales:

*   Patrón Guardamar de Salvamento.
*   Mecánico Guardamar de Salvamento.
*   Patrón Lancha de Salvamento.
*   Primer Oficial de Puente Guardamar de Salvamento.
*   Segundo Oficial de Puente Guardamar de Salvamento.
*   Mecánico Lancha de Salvamento.



Patrón Guardamar de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
PATRON GUARDAMAR DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
B
NIVEL RETRIBUTIVO
5
AREA
 FUNCIONAL
GUARDAMAR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Máximo responsable de la unidad de salvamento y representante de SASEMAR frente a terceros. Dirigir, coordinar y controlar todas las actividades que se realizan a bordo. Es el responsable de la seguridad del buque, tripulación, navegación, organización del trabajo a bordo y protección del medio ambiente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Dirigir todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación del buque.
Dirigir y controlar todas las actividades a bordo relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque y apoyo en la lucha contra la contaminación.
Convocar y coordinar las reuniones diarias para planificar trabajos.
Hacer cumplir  a los tripulantes los procedimientos de trabajo, prevención de riesgos y seguridad.
Implantar los principios de la compañía sobre seguridad y protección, así como fomentar la aplicación de los mismos.
Promover, asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
Organizar y dirigir los ejercicios obligatorios trimestrales y semestrales.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
 ACADEMICO
 Formación Profesional de Técnico Superior o equivalente.
TITULO        PROFESIONAL
Patrón de Altura de la Marina Mercante o equivalente.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
3 años embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Puente de los que al menos, 2 sean como 1º Oficial de Puente.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos), Operador General GMDSS, Formación Sanitaria Especifica Avanzada, además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados.



Mecánico Guardamar de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
MECANICO  GUARDAMAR DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
B
NIVEL RETRIBUTIVO
6
AREA
FUNCIONAL
GUARDAMAR
UNIDAD TRANSVERSAL
MAQUINAS
MISION
Ejercer la dirección y la jefatura del servicio de máquinas y los equipos propulsores principales y auxiliares del buque, así como las demás funciones que le atribuya la normativa vigente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Controlar el funcionamiento integral de la cámara de máquinas y de todos los equipos asociados a la misma del buque.
Dirigir y controlar las actividades de su departamento relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque, lucha contra la contaminación y lucha contraincendios.
Informar al Patrón de los datos e incidencias que se producen en su área de competencia.
Controlar los consumos de combustibles, aceites y grasas que sean gestionados por su departamento.
Cumplimentar la documentación e información técnica de los equipos asociados al departamento de máquinas en colaboración con el departamento técnico.
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Cumplir y hacer cumplir  al personal de su dependencia los procedimientos de trabajo, prevención de riesgos y seguridad.
Convocar y coordinar las reuniones diarias en las que se planifiquen los trabajos a realizar
Dirigir y controlar los trabajos de mantenimiento, conservación y reparación de la maquinaria principal, auxiliar y servicios del buque dependientes del Departamento de Máquinas.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO   
  ACADEMICO
 Formación Profesional de Técnico Superior o equivalente.
TITULO  
   PROFESIONAL
Mecánico Mayor Naval de la Marina Mercante. (Ampliación de caballage)
EXPERIENCIA PROFESIONAL
 3 años embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Máquinas de los que al menos, 2 sean como 1º Oficial de Máquinas.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos), Formación Sanitaria Especifica Inicial, además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados .



Patrón Lancha de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
PATRON LANCHA DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
B
NIVEL RETRIBUTIVO
7
AREA
 FUNCIONAL
SALVAMAR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Máximo responsable de la unidad de salvamento y representante del SASEMAR frente a terceros. Dirigir, coordinar y controlar todas las actividades que se realizan a bordo. Es el responsable de la seguridad del buque, tripulación, navegación, organización del trabajo a bordo y protección del medio ambiente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Dirigir todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación del buque.
Dirigir y controlar todas las actividades a bordo relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque de embarcaciones  y apoyo en la lucha contra la contaminación.
Convocar y coordinar las reuniones diarias para planificar trabajos.
Hacer cumplir  a los tripulantes los procedimientos de trabajo, prevención de riesgos y seguridad.
Implantar los principios de la compañía sobre seguridad y protección, así como fomentar la aplicación de los mismos.
Promover, asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
Organizar y dirigir los ejercicios obligatorios trimestrales y semestrales.
Canalizar, gestionar y supervisar los registros informáticos y formato papel.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
 ACADEMICO
 Formación Profesional de Técnico Medio o equivalente.
TITULO   
  PROFESIONAL
Patrón de Litoral de la Marina Mercante o equivalente.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
3 años embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Puente de los que al menos, 2 sean como 1º Oficial de Puente.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos), Operador General GMDSS, Formación Sanitaria Especifica Inicial, además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados.




Primer Oficial de Puente Guardamar  de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
PRIMER OFICIAL DE PUENTE GUARDAMAR DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
B
NIVEL RETRIBUTIVO
8
AREA
FUNCIONAL
GUARDAMAR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Sigue en rango al Patrón y en caso de incapacidad de éste asumirá el mando del buque y ejercerá las demás funciones que le atribuya la normativa vigente. Ejercer como oficial encargado de las guardias de mar y puerto en el servicio de puente y cubierta del buque, así como otros cometidos de carácter técnico, administrativo y mercantil, comercial o de otra naturaleza que le atribuya la normativa vigente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Colaborar en todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación.
Participar a las órdenes del Patrón en todas las actividades a bordo relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
Gestionar y supervisar los registros informáticos y formato papel correspondientes a su unidad.
Organizar y controlar el trabajo de los tripulantes de las categorías: maestranza y subalterno, que pertenezcan a su departamento, a fin de mantener el buque en las áreas de su competencia, en las mejores condiciones de higiene, limpieza, orden, funcionamiento y seguridad, incluido el mantenimiento de equipos y pertrechos.
Cumplir y hacer cumplir a los tripulantes los procedimientos de trabajo, prevención de riesgos y seguridad.
Impartir las charlas de motivación.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad.
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
 ACADEMICO
 Formación Profesional de Técnico Superior o equivalentes.
TITULO   
  PROFESIONAL
Patrón de Altura de la Marina Mercante o equivalente.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
2 años embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Puente.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos), Operador General GMDSS, Formación Sanitaria Especifica Avanzada, además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados.


Segundo Oficial de Puente Guardamar de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
SEGUNDO OFICIAL DE PUENTE GUARDAMAR DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
B
NIVEL RETRIBUTIVO
9
AREA
FUNCIONAL
GUARDAMAR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Sigue en rango al Primer Oficial de Puente y en caso de incapacidad de éste asumirá el mando del buque y ejercerá las demás funciones que le atribuya la normativa vigente. Ejercer como oficial encargado de las guardias de mar y puerto en el servicio de puente y cubierta del buque, así como otros cometidos de carácter técnico, administrativo y mercantil, comercial o de otra naturaleza que le atribuya la normativa vigente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Colaborar en todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación.
Participar a las órdenes del Patrón y/o Primer Oficial en todas las actividades a bordo relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
Canalizar, gestionar y supervisar los registros informáticos y formato papel correspondientes a su unidad de salvamento
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
 ACADEMICO
Formación Profesional de Técnico Medio o equivalente.
TITULO     
PROFESIONAL
Patrón de Litoral de la Marina Mercante o equivalente.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
1 año embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Puente.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos), Operador General GMDSS, Formación Sanitaria Especifica Avanzada, además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados.




Mecánico Lancha de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
MECANICO  LANCHA DE SALVAMENTO
GRUPO
PROFESIONAL
B
NIVEL RETRIBUTIVO
10
AREA
 FUNCIONAL
SALVAMAR
UNIDAD TRANSVERSAL
MAQUINAS
MISION
Ejercer la dirección del servicio de máquinas y los equipos propulsores principales y auxiliares del buque, así como las demás funciones que le atribuya la normativa vigente.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Controlar el funcionamiento integral de la cámara de máquinas y de todos los equipos asociados a la misma del buque.
Dirigir y controlar las actividades de su departamento relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
Informar al Patrón de los datos e incidencias que se producen en su área de competencia.
Controlar los consumos de combustibles, aceites y grasas que sean gestionados por su departamento.
Cumplimentar la documentación e información técnica de los equipos asociados al departamento de máquinas en colaboración con el departamento técnico.
Colaborar con los Inspectores de Flota en la coordinación de los trabajos planificados en las varadas.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Cumplir los procedimientos de trabajo, prevención de riesgos y seguridad.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO   
 ACADEMICO
 Formación Profesional de Técnico Superior o equivalente.
TITULO    
 PROFESIONAL
Mecánico Mayor Naval de la Marina Mercante.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
3 años embarcado como mínimo en la categoría de Oficial de Máquinas.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos), Formación Sanitaria Especifica Inicial, además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados .




18. Grupo Profesional C.
Este grupo profesional lo componen las categorías profesionales que desarrollan funciones específicas como electricistas, contramaestres, cocineros.

Para ambas categorías se requerirá una amplia experiencia y habilidad profesional.

Realizan trabajos de ejecución autónoma que exija habitualmente iniciativa por parte de los trabajadores encargados de su ejecución.

Se responsabilizan de organizar el trabajo de un conjunto de trabajadores y pueden tener mando directo sobre los mismos así como la supervisión de su trabajo.

Se incluyen a aquellos trabajadores que realizan tareas que, aun cuando se ejecuten bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas, y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa, sin perjuicio de que en la ejecución de aquellos puedan ser ayudados por otros trabajadores de igual o inferior grupo profesional.


Para el desempeño de sus funciones se requiere de alguna de las siguientes titulaciones según la categoría profesional:

Título de Bachillerato, ESO, Formación Profesional de Técnico Superior , Técnico medio o equivalente.

El GRUPO PROFESIONAL C incluye las siguientes categorías profesionales:

*   Contramaestre Buque de Salvamento.
*   Electricista Buque de Salvamento.
*   Cocinero Buque de Salvamento.
*   Cocinero Guardamar de Salvamento.



Contramaestre Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
CONTRAMAESTRE  BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
C
NIVEL RETRIBUTIVO
11
AREA
FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Dirigir y participar, bajo las órdenes del Capitán y/o del Primer Oficial de Puente, los trabajos de limpieza y toda clase de faenas marineras que se realizan a bordo.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Participar, bajo las órdenes del Capitán u Oficiales en todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación.
Participar en todas las actividades de a bordo relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
Comprobar el stock de respetos y pertrechos adscritos a su departamento.
Mantener las condiciones de higiene, orden y limpieza de pañoles y espacios adscritos al departamento de cubierta.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO     ACADEMICO
 Educación General Básica o, Educación Secundaria Obligatoria.
TITULO      PROFESIONAL
Marinero de Puente de la Marina Mercante Española.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
 4  años embarcado como mínimo en la categoría de Marinero.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos) además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados.




Electricista Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
ELECTRICISTA  BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
C
NIVEL RETRIBUTIVO
11
AREA
FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
MAQUINAS
MISION
Controlar, vigilar y mantener, bajo las órdenes del Jefe de Máquinas y/o Primer Oficial de Máquinas, el funcionamiento eléctrico integral de la cámara de máquinas y de todos los equipos asociados a la misma.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Participar bajo las órdenes del Jefe de Máquinas y Primer Oficial de Máquinas en todas las actividades de su departamento relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
Controlar el sistema de alarmas de la cámara de máquinas y automatismos y toma de medidas de aislamientos de motores y líneas, acción galvánica, etc.
Mantener las condiciones de higiene, orden y limpieza de los pañoles y espacios adscritos al departamento de máquinas.
Mantener y reparar los equipos eléctricos, electromecánicos, electroneumáticos y electrónicos del buque.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
Controlar el inventario del material eléctrico.
Participar en los trabajos de subsanado de averías y reparaciones.
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
  ACADEMICO
 Formación Profesional de Técnico Superior o equivalente.
TITULO     
  PROFESIONAL
 Marinero de Máquinas de la Marina Mercante.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
1 año embarcado como mínimo en la categoría de electricista o, en empresas de tierra dedicadas al montaje y/o mantenimiento de instalaciones y maquinaria eléctrica.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos), además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados.




Cocinero Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
COCINERO  BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
PROFESIONAL
C
NIVEL RETRIBUTIVO
11
AREA
 FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Preparar comidas adecuadas, variadas y nutritivas, así como responsabilizarse de la conservación de los alimentos, administrando el rendimiento de los víveres.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Preparar comidas y cenas.
Confeccionar los menús y almacenar adecuadamente los víveres del buque.
Mantener en perfecto estado de limpieza e higiene, la cocina, gambuza, cámaras frigoríficas, utensilios, máquinas y electrodomésticos de la cocina.
Recepcionar, comprobar y mantener el inventario de víveres correspondientes a la gambuza y cámaras del buque.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
ACADEMICO
 Formación Profesional de Técnico Superior o equivalente.
TITULO   
  PROFESIONAL
Cocinero de la Marina Mercante.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
 1 año embarcado como mínimo en la categoría de cocinero o 1 año trabajando en la hostelería como cocinero.
OTROS
CERTIFICADOS
Certificados de manipulador de alimentos.




Cocinero Guardamar de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
COCINERO  GUARDAMAR DE SALVAMENTO
GRUPO
PROFESIONAL
C
NIVEL RETRIBUTIVO
12
AREA
 FUNCIONAL
GUARDAMAR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Preparar comidas adecuadas, variadas y nutritivas, así como responsabilizarse de la conservación de los alimentos, administrando el rendimiento de los víveres.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Preparar comidas y cenas.
Confeccionar los menús y almacenar adecuadamente los víveres del buque.
Mantener en perfecto estado de limpieza e higiene, la cocina, gambuza, cámaras frigoríficas, utensilios, máquinas y electrodomésticos de la cocina.
Recepcionar, comprobar y mantener el inventario de víveres correspondientes a la gambuza y cámaras del buque.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
ACADEMICO
 Formación Profesional de Técnico Superior o equivalente.
TITULO   
  PROFESIONAL
Cocinero de la Marina Mercante.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
 1 año embarcado como mínimo en la categoría de cocinero o 1 año trabajando en la hostelería como cocinero.
OTROS
CERTIFICADOS
Certificados de manipulador de alimentos.




19. Grupo profesional D.

Las categorías profesionales pertenecientes a este grupo profesional en el desempeño de sus funciones requieren realizar trabajos de ejecución autónoma que exija habitualmente iniciativa por parte de los trabajadores encargados de su ejecución, compartiendo, bajo supervisión, la responsabilidad de las mismas.

También se incluyen en este grupo a aquellos trabajadores que llevan a cabo tareas consistentes en operaciones realizadas siguiendo métodos de trabajo precisos y concretos, con alto grado de supervisión, que normalmente exigen conocimientos profesionales de carácter elemental.

Así mismo, incluirá a aquellos trabajadores que llevan a cabo tareas que se realizan de forma manual o con ayuda de elementos mecánicos simples ajustándose a instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia y que requieren normalmente esfuerzo físico y atención.

Para el desempeño de sus funciones se requiere de alguna de las siguientes titulaciones según la categoría profesional:

EGB, ESO, Formación profesional de técnico superior, técnico medio o equivalentes.

El GRUPO PROFESIONAL D incluye las siguientes categorías profesionales:

*   Marinero Buque de Salvamento.
*   Engrasador Buque de Salvamento.
*   Marinero Guardamar de Salvamento.
*   Marinero Lancha de Salvamento.



Marinero Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
MARINERO BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
D
NIVEL RETRIBUTIVO
13
AREA
FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Bajo las órdenes del Capitán, Oficial responsable de la guardia y/o Contramaestre, participar en todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación, así como en las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Colaborar siguiendo las instrucciones del Primer Oficial y Contramaestre en los trabajos de subsanado de averías y reparaciones.
Colaborar con el Contramaestre en la comprobación y comunicación segúórdenes de Capitán y Oficiales del stock de respetos y pertrechos adscritos a su departamento.
Colaborar con el Contramaestre en el mantenimiento de las condiciones de higiene, orden y limpieza de los pañoles y espacios adscritos al departamento de cubierta.
Durante la navegación montará las guardias de puente y en puerto, hará guardia de portalón.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO    
 ACADEMICO
Educación General Básica o, Educación Secundaria Obligatoria.
TITULO   
  PROFESIONAL
Marinero de Puente de la Marina Mercante.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
1  año de experiencia navegando como marinero.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos) además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados.




Engrasador Buque de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
ENGRASADOR BUQUE DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
D
NIVEL RETRIBUTIVO
13
AREA
 FUNCIONAL
REMOLCADOR
UNIDAD TRANSVERSAL
MAQUINAS
MISION
Bajo las órdenes del Jefe de Máquinas y/o Primer Oficial de Máquinas, realizar los trabajos necesarios para garantizar el funcionamiento de equipos asociados a la cámara de máquinas, así como auxiliares al buque.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Participar bajo las órdenes del Jefe de Máquinas y Primer Oficial de  Máquinas en todas las actividades de su departamento relacionadas con las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación. y otros trabajos encomendados por el Jefe de Máquinas o primer Oficial de Máquinas.
Colaborar con sus superiores en la comprobación y comunicación segúórdenes de los mismos del stock de respetos y pertrechos adscritos a su departamento.
Colaborar con los otros componentes del Departamento de Máquinas en el mantenimiento de las condiciones de higiene, orden y limpieza de los pañoles y espacios adscritos al departamento de máquinas.
Participar en los trabajos de subsanado de averías y reparaciones.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO   
  ACADEMICO
Educación General Básica o, Educación Secundaria Obligatoria.
TITULO  
   PROFESIONAL
Marinero de Máquinas de la Marina Mercante.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
1  año de experiencia navegando como marinero de máquinas.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos) además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados .




Marinero Guardamar de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
MARINERO GUARDAMAR DE SALVAMENTO
GRUPO
 PROFESIONAL
D
NIVEL RETRIBUTIVO
13
AREA
FUNCIONAL
GUARDAMAR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Bajo las órdenes del Patrón y/o Oficial responsable de la guardia,  participar en todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación, así como en las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Colaborar siguiendo las instrucciones del Primer Oficial en los trabajos de subsanado de averías y reparaciones.
Colaborar en la comprobación y comunicación segúórdenes de Capitán y Oficiales del stock de respetos y pertrechos adscritos a su departamento.
Colaborar en el mantenimiento de las condiciones de higiene, orden y limpieza de los pañoles y espacios adscritos al departamento de cubierta.
Durante la navegación montará las guardias de puente y en puerto, hará guardia de portalón.
Colaborar con el Jefe de Máquinas en el mantenimiento de maquinas
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO   
  ACADEMICO
Educación General Básica o, Educación Secundaria Obligatoria.
TITULO   
   PROFESIONAL
Marinero de Puente y Máquinas de la Marina Mercante.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
1  año de experiencia navegando como marinero.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos) además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados .



Marinero Lancha de Salvamento.

CATEGORIA PROFESIONAL
MARINERO LANCHA DE SALVAMENTO
GRUPO PROFESIONAL
D
NIVEL RETRIBUTIVO
14
AREA FUNCIONAL
SALVAMAR
UNIDAD TRANSVERSAL
CUBIERTA
MISION
Bajo las órdenes del Patrón participar en todas las operaciones relacionadas con la maniobra, gobierno y navegación, así como en las operaciones de salvamento, remolque y lucha contra la contaminación.
FUNCIONES
Sin que ello signifique un catálogo exhaustivo y, a expensas de las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las competencias que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidas los órganos de dirección de SASEMAR, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto:
Realizar el mantenimiento de las condiciones de higiene, orden y limpieza de los pañoles y espacios de la embarcación.
Realizar los trabajos de mantenimiento preventivo ordenados por el Patrón a fin de mantener la embarcación y sus equipos en perfecto estado.
Colaborar con el Mecánico en la comprobación y comunicación según ordenes del Patrón del stock de respetos y pertrechos de la embarcación.
Asistir y participar en todos los ejercicios de seguridad y de formación interna programados en su unidad, así como a las Charlas formativas e informativas (Charlas de Motivación).
APTITUDES
Capacidad de comunicación, negociación y relación social.
Vocación de servicio y desarrollo de personas.
Capacidad de análisis y aprendizaje.
Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinares
Capacidad de iniciativa y toma de decisiones.
Estabilidad emocional.                                                   
TITULO      ACADEMICO
Educación General Básica o, Educación Secundaria Obligatoria.
TITULO     PROFESIONAL
Marinero de Puente y Máquinas de la Marina Mercante.
EXPERIENCIA PROFESIONAL
1 año de experiencia navegando como marinero o, directamente relacionado con actividades de salvamento.
OTROS
CERTIFICADOS
Avanzado Lucha Contraincendios, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos) además de los obligatorios que fueran inherentes al título profesional para ejercer sus atribuciones, actualizados.


ANEXO I. TABLA DE CLASIFICACION PROFESIONAL.(FALTA INSERTAR TABLA.)



PROPUESTA PARA PROVISION DE VACANTES.

Antecedentes de hecho.
Como consecuencia de la absorción de Remolques Marítimos S.A. por la E.P.E. Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima, de ahora en adelante SASEMAR, de acuerdo a la Orden HAP/583/2012, de 20 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de marzo de 2012 y en el que se aprueba el plan de reestructuración y racionalización del sector público empresarial y fundacional estatal, ha sido imperativo buscar una nueva redacción al capítulo IV del actual XIII Convenio colectivo de flota, publicado en el BOE 30 de abril de 2008 por RESOLUCION de 17 de abril de 2008, de la Dirección General del Trabajo, para adaptarse a la nueva realidad empresarial que permita garantizar los derechos profesionales y laborales de quienes trabajen en una Empresa Pública como SASEMAR. Para dicha elaboración, se estableció un grupo de trabajo constituido por una representación de los trabajadores y una representación de la Empresa comprometidos a negociar  bajo los principios de buena fe y lealtad recíproca. El objetivo final, es acordar una nueva redacción del capítulo IV del actual XIII Convenio colectivo de flota que ponga las bases para la cobertura de vacantes, tanto por métodos internos, como de cara a las futuras convocatorias externas que se vayan produciendo. Para llegar a dicho fin y como previo a todo, fue necesario en un primer lugar elaborar un catálogo de categorías profesionales donde se ordenen y especifiquen las funciones y requerimientos de las distintas categorías profesionales que componen la flota marítima de SASEMAR. Tanto para el catálogo de categorías profesionales como para la nueva redacción del capítulo IV del XIII Convenio colectivo de flota, las partes negociadoras acuerdan adjuntar ambos documentos como anexos al XIII Convenio colectivo de flota y entregarlo todo en su conjunto para que pase los trámites correspondientes de las administraciones del Estado. Huelga decir, la dificultad sobrevenida en la elaboración de ambos documentos como consecuencia de los intereses enfrentados entre todas las partes debido a la heterogeneidad de grupos profesionales, áreas funcionales y unidades transversales que actúan en ocasiones como resortes antagonistas. No obstante y más allá del encuadramiento que se haya alcanzado para cada una de las categorías profesionales o los requerimientos exigidos para las mismas, todos estos acuerdos son la verdadera garantía de que la entidad puede funcionar con agilidad para asegurar el servicio público que presta, al tiempo que la carrera profesional de sus trabajadores se configura como un verdadero derecho individual, gestionado con transparencia e igualdad para todos tanto interna como externamente.



CAPITULO IV.

Provisión de Vacantes, Concurso de Traslado, Promoción Interna, y Bolsa de Embarque.


ARTICULO 10. PROVISIÓN DE VACANTES.

1. Definiciones.

A efectos de este Capítulo IV, se entiende por:

Unidad de Embarque: A la unidad física para navegar en la que el trabajador se encuentra enrolado. A fecha de hoy, SASEMAR, consta de 73 unidades de embarque (Don Inda, Alonso de Chaves, María PitaCaliope, TaliaLevante, Sirius, Rigel).

Area Funcional: A la agrupación de unidades de embarque con identidad propia que realizan cometidos y tareas similares (área funcional: remolcadores, guardamares, salvamares).

Unidad Transversal: A los departamentos originados por la agrupación de las funciones de carácter técnico-profesional y que se vienen desarrollando en todas las áreas funcionales (unidad transversal: cubierta, máquinas).

Grupo Profesional: Al que agrupa unitariamente las aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades
profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador (titulados universitarios, titulados técnicos superiores.).

Categoría Profesional: A la agrupación de funciones, aptitudes, titulación y experiencia, necesarias y exigibles, y que condicionan la incorporación y el ascenso de los profesionales a las unidades de embarque de acuerdo con el grupo profesional, área funcional y unidad transversal correspondiente (categoría profesional: Capitán Buque Salvamento Electricista Buque Salvamento Mecánico Guardamar Salvamento Marinero Lancha Salvamento).

Nivel Retributivo: A la ordenación descendente del 1 al 14, que resultan de sumar la retribución salarial ordinaria de las doce mensualidades y las dos pagas extraordinarias de devengo semestral que resultan de cada categoría profesional.





Puesto de Trabajo: Al desempeño de las funciones de la categoría profesional en una unidad de embarque (puesto de trabajo: Capitán Buque de Salvamento de la unidad de embarque DON INDA.)

Clasificación profesional: Al conjunto de grupos profesionales y categorías profesionales que existen en una empresa, organizados conforme al conjunto de cometidos asignados a cada puesto de trabajo.

Catálogo de Categorías Profesionales: Al documento pactado entre la empresa y los representantes de los trabajadores, donde están definidas y regladas todas las categorías profesionales recogidas actualmente en el convenio colectivo de flota. El catálogo de categorías profesionales de la flota marítima de SASEMAR está recogido en el Anexo VI del XIII convenio colectivo de flota.

Vacante: Al puesto de trabajo incluido en la plantilla de cada unidad de embarque y que no se encuentre asignado de forma ordinaria a persona asalariada que reúna los requisitos para su desempeño, o que no sea objeto de reserva legal obligatoria del puesto de trabajo.

Traslado: A la movilidad reglada de un tripulante a puestos de igual o inferior categoríprofesional de una unidad de embarque, entendiéndose que podría ser esta la misma u otra distinta a la de procedencia, mediante la valoración de méritos acreditados por las personas solicitantes y de acuerdo a los requisitos mínimos establecidos en el catálogo de categorías profesionales.

Promoción Interna: Al movimiento a una categoría profesional superior, dentro del mismo grupo profesional o el inmediatamente superior; siguiendo los principios de capacidad, mérito e igualdad, así como de no discriminación entre hombres y mujeres, y de acuerdo a los requisitos mínimos establecidos en el catálogo de categorías profesionales.

Puesto de especial confianza: A aquella categoría profesional que por sus características en el desempeño, la dirección de la empresa decide considerarla de especial confianza. Estas categorías profesionales han de ser previamente pactadas entre la empresa y los representantes de los trabajadores por sus peculiaridades de elección.

Tabla de Clasificación Profesional: A la tabla donde viene recogida cada categoría profesional de acuerdo con su correspondiente grupo profesional, área funcional y unidad transversal.


2. Procedimiento para provisión de vacantes.

La provisión de puestos de trabajo que tengan la consideración de vacante se hará conforme al orden establecido por los siguientes supuestos (a,b,c) y en los que cabría la posibilidad de omitir el supuesto (a) si no se ve afectada la operatividad de la unidad de embarque por la existencia de la vacante y se está en tiempo para realizar el procedimiento de provisión de vacante según los supuestos (b y c).

a) Provisión temporal de vacantes.
b) Provisión ordinaria de vacantes.
c) Provisión externa de vacantes.

2.1 Provisión temporal de vacantes.

La dirección de SASEMAR podrá proceder, con carácter general, a la cobertura de una vacante por medio del procedimiento de provisión temporal de vacantes. Dicho procedimiento se realizará entre personas que reúnan los requisitos mínimos necesarios para el desempeño de la misma, según se recoge en el correspondiente catálogo de categorías profesionales (Anexo VI del XIII convenio colectivo de flota) y por el tiempo necesario que se fije hasta la cobertura reglamentaria del puesto de trabajo vacante según los procedimientos de provisión ordinaria o provisión externa de acuerdo con la planificación de RR.HH.

Caso de realizarse la cobertura temporal de vacante con personal de la propia entidad, el trabajador tendrá derecho, durante la duración de la misma, a percibir las diferencias retributivas  entre  su  categoría  de  origen  y  la  del  puesto  ocupado,  reconociéndole   los
derechos laborales y profesionales que correspondan por su desempeño, según lo establecido en el XIII convenio colectivo de flota.


Caso de no poder realizarse la cobertura temporal de vacante con personal laboral fijo o indefinido de la propia entidad, esta será cubierta por personal de la bolsa de embarque con riguroso respeto al orden correlativo establecido y la relación laboral se formalizará mediante contrato de interinidad.

La duración de las provisiones temporales de vacantes por parte del personal laboral fijo o indefinido no será superior a seis meses, pudiendo prorrogarse por otros tres meses única y exclusivamente por causas imputables a demora en los procedimientos de cobertura ordinaria de vacante.

Esta cobertura, de carácter temporal, se gestionará de acuerdo a los siguientes criterios de aplicación sucesiva:

a)     Trabajadores fijos o indefinidos: De la misma o inferior categoría profesional, (la tabla de clasificación profesional recogida en el apartado de definiciones de este artículo representa las categorías profesionales de forma descendente) y que reúna los requisitos mínimos necesarios según lo establecido en el catálogo de categorías profesionales para la vacante originada.

El puesto de trabajo que deja libre el trabajador fijo o indefinido que pasa a cubrir una vacante temporalmente, será cubierta por otro trabajador fijo o indefinido de la misma o inferior categoría profesional que reúna los requisitos mínimos necesarios según lo establecido en el catálogo de categorías profesionales y también de forma temporal.

La imposibilidad de continuidad con este apartado o la imposibilidad de aplicación del mismo dará paso a la aplicación del apartado (b).

El incumplimiento de estos criterios deberá motivarse expresamente por escrito por el departamento de RRHH.

b)     Trabajadores procedentes de la bolsa de embarque de la entidad, regulado por el artículo 13 del XIII convenio colectivo de Flota.

c)      Demandantes de empleo seleccionados a través de los servicios públicos de empleo.

2.2 Provisión ordinaria de vacantes.

El procedimiento para la provisión ordinaria de vacantes entre personas que reúnan los requisitos para el desempeño del puesto de trabajo convocado, según lo establecido en el catálogo de categorías profesionales y de acuerdo con la planificación de RR.HH. de SASEMAR, se desarrollará con arreglo a los siguientes procedimientos que se aplicarán en el siguiente orden:

           a) Concurso de traslado.
           b) Promoción interna.

La cobertura de vacantes mediante provisión ordinaria según los procedimientos a) y b) anteriores, se gestionará mediante oferta de RRHH, con carácter semestral e interno, de la entidad, en la que se integrarán todos los puestos vacantes por grupo profesional, área funcional y unidad transversal existentes a la fecha de convocatoria y los que pudieran ser de inmediata nueva creación.

En la tabla de clasificación profesional se pueden leer todas las categorías profesionales.

Dentro del área funcional en su conjunto o individualmente, las categorías profesionales van descendiendo de arriba hacia abajo.

Las personas adjudicatarias de las vacantes por el procedimiento (b) adquirirá, en su caso, la nueva categoría profesional, sin que ello modifique la condición de personal laboral fijo o indefinido.

2.2.1 Ciclo de cobertura.

Se realizará un único proceso de provisión de vacante según el procedimiento de concurso de traslado por plaza vacante originada.

Si tras un proceso de provisión ordinaria de vacante por el procedimiento de concurso de traslado se genera una nueva vacante como consecuencia de este proceso de traslado, se procederá a realizar la provisión de la nueva vacante generada por el procedimiento de promoción interna.

Si tras un proceso de provisión ordinaria de vacante por el procedimiento de promoción interna se genera una nueva vacante, se procederá a realizar la provisión de la nueva vacante generada por el procedimiento de provisión temporal.

Si tras un proceso de provisión ordinaria de vacante por el procedimiento de concurso de traslado se genera una nueva vacante y esta no puede ser cubierta por el procedimiento de      promoción interna, esta será cubierta por el proceso de provisión temporal y la plaza vacante cubierta de manera temporal saldrá para ser cubierta por el proceso de provisión externa.

Si tras una plaza vacante se celebra procedimiento de provisión de vacante por concurso de traslado y ésta no es ocupada por carecer de demandantes esta será cubierta por el proceso de provisión temporal y la plaza vacante cubierta de manera temporal saldrá para ser cubierta por el proceso de provisión externa.

2.2.2 Excepción a la provisión ordinaria de vacantes.

2.2.2.1 Puestos vacantes de especial confianza.

Para la Flota de buques y embarcaciones de SASEMAR, será única y exclusivamente considerada como Categoría Profesional de especial confianza la recogida en la tabla de clasificación profesional como:

CAPITAN BUQUE DE SALVAMENTO,

que se encuentra encuadrada en el: grupo profesional A, nivel retributivo 1, área funcional remolcadores y unidad transversal cubierta; según se recoge en el Anexo I del catálogo de categorías profesionales.

Los puestos de especial confianza deberán de venir reflejados como tales en el catálogo de categorías profesionales.

Las personas que ocupen puestos de especial confianza, podrán ser cesadas por pérdida de confianza de la dirección.

2.2.2.2 Proceso de selección.

La provisión de vacantes de esta categoría profesional se desarrollará por los procedimientos de provisión de vacantes previstos en este Artículo pero disponiendo la Empresa la facultad de elegir libremente el aspirante a dicha vacante de entre aquellos que se encuentren entre los tres candidatos de mayor puntuación.

Para los puestos de especial confianza podrán establecerse otras pruebas adicionales que en todo caso deberán ser previamente reflejadas en la convocatoria.

2.2.2.3 Obligaciones y garantías.

Los trabajadores que ocupen puestos de especial confianza han de cumplir al menos, con los requisitos mínimos recogidos para su desempeño en el catálogo de categorías profesionales.

Los trabajadores que ocupen puestos de especial confianza, seguirán estando amparadas por el convenio colectivo de flota, salvo que en algunos de sus artículos se dispusiera lo contrario.

Los trabajadores cesados de un puesto de especial confianza tiene el derecho de volver a ocupar la Categoría Profesional que venía ocupando con anterioridad al puesto de especial confianza.


2.3 Provisión externa de vacante.

SASEMAR procederá a la provisión externa de vacantes, mediante convocatoria pública, de conformidad con los principios establecidos en la legislación vigente de todos los puestos  de trabajo que han quedado descubiertos de manera definitiva al no poder ser cubiertos según se establece por el proceso de provisión ordinaria de vacantes. La plaza que saldrá a cobertura externa deberá ser mientras tanto cubierta por el procedimiento de provisión temporal hasta su cobertura definitiva para mantener la operatividad de las unidades de salvamento.

SASEMAR comunicará cada año a los representantes de los trabajadores y a su debido momento, del número de plazas que se pueden cubrir de acuerdo con la tasa de reposición establecida segúla Ley de Presupuestos Generales del Estado.

SASEMAR deberá acordar con la representación de los trabajadores que vacantes saldrán a provisión externa de acuerdo con la tasa de reposición disponible, tratando siempre de repartir proporcionalmente y en la medida en que las circunstancias lo permitieran el número de vacantes entre los distintos grupos profesionales que le permitan mantener el porcentaje de trabajadores fijos por igual en todas las categorías profesionales.

La selección del personal se efectuará mediante procedimientos que garanticen el derecho a la igualdad, de acuerdo con los principios de mérito, capacidad y publicidad.

Las personas que aprueben y obtengan plaza, elegirán destino por orden de puntuación entre aquellos destinos que se oferten para su categoría profesional.

Con carácter general, el acceso a la condición de personal laboral fijo, para los grupos profesionales A y B, se realizará siempre al grupo profesional, área funcional y unidad transversal correspondiente por el sistema de concurso-oposición.

Para los grupos profesionales contenidos en el párrafo anterior, la fase de oposición nunca pesará mas del 40% ni menos del 30% y la fase de concurso pesará la diferencia hasta el 100%. La fase de oposición no será eliminatoria y hará media con la fase de concurso.

La fase de oposición para los aspirantes al grupo profesional A constará de contenidos  generales y específicos, comunes para todas las categorías profesionales de dicho grupo. Del mismo modo, la fase de oposición para los aspirantes al grupo profesional B también constará de contenidos generales y específicos, comunes para todas las categorías profesionales de dicho grupo.

Los contenidos generales serán comunes a ambos grupos profesionales A y B, mientras que los contenidos específicos diferenciarán a un grupo profesional de otro.



El acceso a la condición de personal laboral fijo única y exclusivamente para los grupos profesionales C y D, y teniendo en cuenta la labor tan específica y práctica que se requiere para el desempeño de las funciones de dichas categorías profesionales, se realizará siempre al grupo profesional, área funcional y unidad transversal correspondiente por el sistema de concurso.

No obstante y sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior para los grupos profesionales C y D, la empresa podrá siempre, previa notificación a los representantes de los trabajadores y recogiéndolo así en las bases de la convocatoria,  establecer algún tipo de prueba práctica para los grupos profesionales C y D que permitan atestiguar con más garantía la profesionalidad de los aspirante al grupo profesional C y D.

En la puntuación de la fase de concurso se valorarán para todos los grupos profesionales (A, B, C y D) los siguientes méritos:

     La experiencia profesional.
     Las atribuciones del título profesional en función del área funcional.
     Titulaciones académicas relacionadas con alguna de las funciones que se puedan desempeñar en la categoría profesional. No se valorarán los títulos académicos de nivel inferior al necesario para alcanzar la titulación exigida para la categoría profesional a la que se opta.
     Cursos de formación o perfeccionamiento relacionados con el ejercicio de las funciones de la categoría profesional.
     Cursos de formación o perfeccionamiento no relacionados con el ejercicio de las funciones de la categoría profesional.

Se establecerá un periodo de prueba con una duración de 90 días de embarque para las categorías profesionales del grupo profesional A y B, y de 60 días de embarque para las categorías profesionales del grupo profesional C y D.

No se exigirá el periodo de prueba antes referido, cuando el trabajador o trabajadora haya desempeñado las mismas funciones anteriormente en la Empresa bajo cualquiera que sea la modalidad de contratación.

2.3.1. Personal a extinguir.

Los trabajadores con contrato laboral que procedan de la extinguida Remolques Marítimos S.A. que hayan sido considerados personal a extinguir tras la absorción de Remolques Marítimos S.A. por SASEMAR y que optaran por presentarse a la provisión externa de una vacante para regularizar su situación laboral dentro de la empresa pública SASEMAR y adquieran la plaza de un grupo profesional, área funcional y unidad transversal en la que se encuentre encuadrada su actual categoría profesional y bajo la que viene desarrollando sus funciones, tendrán derecho a volver a ocupar su puesto de trabajo si así se lo solicita a la empresa, de acuerdo con el modelo establecido………………………………………………….y manteniéndose su nueva condición de personal laboral fijo.

3. Baremación de méritos.

Se constituirá una Comisión de Valoración compuesta por 7 miembros, 4 por la Dirección de SASEMAR y 3 por la representación de los trabajadores, que integre al menos 1 miembro de cada sindicato y que tendrá un peso de voto proporcional a su representación en el comité de flota.

Se redactará un acuerdo donde se recoja los méritos que se valorarán para el caso de provisión de vacante por el procedimiento de provisión ordinaria.

Se redactará un acuerdo donde se recoja los méritos que se valorarán para el caso de provisión de vacante por el procedimiento de provisión externa.

Para facilitar la baremación de méritos en los sistemas de provisión de vacantes anteriores, RRHH de SASEMAR dispondrá un Registro Informático de acreditación de la experiencia y formación profesional y personal de las personas asalariadas en la entidad (RAEFP).

Este registro incorporará los datos remitidos y acreditados por las personas asalariadas de la entidad, correspondientes a su experiencia y formación profesional y personal, adquiridas tanto en la entidad y la sociedad integrada, como en otros ámbitos, y que puedan ser objeto de baremación, de conformidad con los méritos considerados en el presente Convenio Colectivo o en la convocatoria correspondiente, de forma expresa. 

Su funcionamiento y garantías se reglarán por acuerdo entre Empresa y Representantes de los Trabajadores.

En las distintas convocatorias de provisión, la Comisión de valoración correspondiente solo procederá a considerar los méritos registrados y los que se acrediten fehacientemente con la solicitud de participación en el proceso, siempre que se hayan obtenido dentro del trimestre anterior a la convocatoria.


ARTICULO 11. CONCURSO DE TRASLADO.

1. Convocatoria.

RRHH convocará al menos, si existieran vacantes, semestralmente proceso de provisión de vacante por concurso de traslado para la cobertura ordinaria de vacantes de todas las áreas funcionales y categorías profesionales según el procedimiento establecido en el Artículo 10.

2. Requisitos de los candidatos.

Podrán solicitar la participación en el correspondiente proceso quienes cumplan con todos los preceptos: a, b y c.


a)     Ser personal fijo o indefinido de SASEMAR.
b)     Tener categoría profesional del mismo nivel al ofertado, de acuerdo a la tabla de clasificación profesional.
c)      Cumplir los requisitos de formación académica, titulación profesional y experiencia profesional exigidos para el desempeño de la categoría correspondiente según se recoge en el Catálogo de Categorías Profesionales.

3. Solicitudes.

Las personas interesadas deberán formalizar su solicitud de participación según el modelo………………………………………………………………, acompañando los documentos justificativos de los méritos alegados para valorar la candidatura.

Una vez puesto en marcha el registro informático de acreditación de la experiencia y formación profesional y personal que se refiere en el Artículo 10, apartado 3. Procedimiento de baremación de méritos, solo se admitirán los correspondientes a los méritos alcanzados en el trimestre anterior a la convocatoria y que no hayan sido objeto de remisión y reconocimiento en aquel.

El candidato que presente la solicitud, una vez resuelto el proceso de adjudicación no podrá renunciar a la plaza adjudicada.

4. Plazo.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 7 a 15 días naturales a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria, si bien este plazo se podrá adaptar a circunstancias de los tripulantes que por causas ajenas a su voluntad no pudiesen cumplir con el mismo.

5. Valoración de méritos.

Para el concurso de traslado se valorarán los siguientes méritos:

     Antigüedad en la empresa.
     Domicilio.
     Situación familiar.
     Formación.

6. Concurso de traslados.

a) Los traslados tendrán la consideración de voluntarios y no darán derecho a percibir compensación alguna.

b) El hecho de haber recibido la adjudicación de una plaza mediante concurso de traslado, implicará la exclusión de futuros concursos durante un periodo de  2 años.

c) En el caso de no recibir solicitudes teniendo en cuenta este criterio, podrán participar en el proceso todos los trabajadores con independencia de la fecha de adjudicación del último traslado.

d) Cobertura por y, en su caso, entre personas asalariadas en situaciones de especial protección derivadas de violencia de género se le adjudicará la plaza automáticamente.

e) Cobertura por y, en su caso, entre personas asalariadas que acrediten tener a su cargo a su cónyuge o de la pareja de hecho a su cargo debidamente inscrita en el registro correspondiente  o de un familiar que se encuentre a su cargo hasta el primer grado de consanguinidad con una minusvalía de más del 30% se le adjudicará la plaza automáticamente. Estas personas no se les aplicará el apartado c de este punto siempre que el traslado sea para estar más cerca de su vivienda habitual.

f) Cobertura por y, en su caso, entre personas asalariadas que por razones de enfermedad grave, del cónyuge a su cargo o  de la pareja de hecho a su cargo debidamente inscrita en el registro correspondiente o de un familiar que se encuentre a su cargo hasta el primer grado de consanguinidad y para todos los casos mencionados anteriormente siempre que no haya posibilidades de una correcta atención se le adjudicará la plaza automáticamente. Estas personas no se les aplicará el apartado c de este punto siempre que el traslado sea para estar más cerca de su vivienda habitual.

7. Resolución.

La Comisión de Valoración, publicará un listado con la relación de todos los trabajadores que hayan optado a las plazas, figurando los nuevos destinos y la puntuación que obtuvieron todos los que se presentaron.

8. Comunicación.

Una vez resuelto el concurso, el Departamento de RR.HH. remitirá mediante un escrito personalizado en el que se indicará la adjudicación de la plaza y la fecha de incorporación de la misma.


ARTICULO 12. PROMOCION INTERNA.

1. Convocatoria.

RRHH convocará al menos, si existieran vacantes, semestralmente proceso de provisión de vacante por promoción interna para la cobertura ordinaria de vacantes de todas las áreas funcionales y categorías profesionales según el procedimiento establecido en el Artículo 10.

2. Requisitos de los candidatos.

Podrán solicitar la participación en el correspondiente proceso quienes cumplan con todos los preceptos: a, b y c.


a)     Ser personal fijo o indefinido de SASEMAR.

b)     Tener categoría profesional de nivel inferior al ofertado, de acuerdo al escalafón de referencia establecido en el Artículo 10, apartado 1. Definiciones, y estar encuadrado dentro del mismo grupo profesional o grupo profesional inferior.

c)      Cumplir los requisitos de formación académica, titulación profesional y experiencia profesional exigidos para el desempeño de la categoría correspondiente según se recoge en el Catálogo de Categorías Profesionales.

3. Solicitudes.

Las personas interesadas deberán formalizar su solicitud de participación según el modelo………………………………………………………………, acompañando los documentos justificativos de los méritos alegados para valorar la candidatura.

Una vez puesto en marcha el registro informático de acreditación de la experiencia y formación profesional y personal que se refiere en el Artículo 10, apartado 3. Procedimiento de baremación de méritos, solo se admitirán los correspondientes a los méritos alcanzados en el trimestre anterior a la convocatoria y que no hayan sido objeto de remisión y reconocimiento en aquel.

4. Plazo.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 7 a 15 días naturales a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria, si bien este plazo se podrá adaptar a circunstancias de los tripulantes que por causas ajenas a su voluntad no pudiesen cumplir con el mismo.

5. Valoración de méritos.

Para el concurso de promoción interna se valorarán los siguientes méritos:

     Formación
     Experiencia en la entidad.
     Experiencia en otras empresas.


6. Promoción interna.

a) Los procesos de promoción interna tendrán la consideración de voluntarios.

En los procesos de cobertura de puestos de confianza y en aquellos que se acuerde motivadamente por RRHH, la convocatoria podrá contener requisitos adicionales que acrediten la actualización técnica o profesional de los candidatos o la superación de pruebas especiales o entrevistas.

7. Resolución.

La Comisión de Valoración, publicará un listado con la relación de todos los trabajadores que hayan optado a las plazas, figurando los nuevos destinos y la puntuación que obtuvieron todos los que se presentaron.

A criterio de la Comisión de Valoración, se establecerá un periodo de prueba de 3 meses para consolidar la plaza.

8. Comunicación.

Una vez resuelto el concurso, el Departamento de Administración y RR.HH. remitirá mediante un escrito personalizado en el que se indicará la adjudicación de la plaza y la fecha de incorporación de la misma.


ARTICULO. 13. BOLSA DE EMBARQUE.

La Empresa dispondrá de una Bolsa de Embarque pública y de gestiótrasparente adaptada a cada área funcional.

La empresa solicitará los servicios de los demandantes de empleo de la Bolsa de Embarque cuando por el proceso de provisión de vacante deba recurrir a ella o cuando por cualquier otra necesidad deba contratar a demandantes de empleo de la Bolsa de Embarque para cubrir un puesto de trabajo en alguna unidad de embarque.

En caso de agotar los demandantes de empleo de la bolsa de embarque se recurrirá a los Servicios Públicos de Empleo.

A cada demandante de empleo, una vez admitida su solicitud, la empresa le asignará la bolsa de embarque correspondiente.


1. Bolsa de embarque por área funcional.

1.1 Area funcional Remolcador.

Se dispondrá de una bolsa de embarque para cada grupo profesional y unidad transversal  perteneciente al área funcional de remolcadores.

1.2 Area funcional Guardamar.

Se dispondrá de una bolsa de embarque por cada grupo profesional y unidad transversal perteneciente al área funcional de guardamares.


1.3 Area funcional Salvamar.

Se dispondrá de una bolsa de embarque por zonas geográficas a cubrir del territorio español y dentro de cada una de estas, por grupo profesional y unidad transversal perteneciente al área funcional salvamares.

2. Creación de la bolsa de embarque, baremación y ordenación de los demandantes de empleo.

La empresa procederá a crear una bolsa de embarque que se conformará según las siguientes circunstancias:


a)     Si nunca se ha producido provisión externa de vacantes en el grupo profesional, área funcional y unidad transversal correspondiente por concurso-oposición o concurso.

b)     Si se ha producido provisión externa de vacante en el grupo profesional, área funcional y unidad transversal correspondiente por concurso-oposición o concurso.

2.1 Si nunca se ha producido provisión externa de vacantes en el grupo profesional, área funcional y unidad transversal.

La Empresa hará una convocatoria de Bolsa de Embarque al menos, una vez al año y siempre en la misma fecha.

Dicha convocatoria deberá de comunicarse publicándolo al menos, en la página web de SASEMAR.

A la hora de ordenar a los trabajadores no se podrán producir criterios de discriminación entre hombres y mujeres.

Si el trabajador no actualiza sus méritos cada vez que se abre la convocatoria de Bolsa de Embarque este mantendrá su nueva posición de acuerdo al último registro de puntuación mantenido.

Para formar parte de ella el solicitante deberá de cumplir los requisitos recogidos en el catálogo de categorías profesionales y presentar la correspondiente solicitud según modelo…………………

Una vez aceptada su solicitud, se baremarán sus méritos y se colocará en la bolsa de embarque según el siguiente criterio:

2.1.1 Personal que trabaja o trabajó en SASEMAR 1 o más días.

Se colocarán encabezando la lista.
La puntuación asignada a estos trabajadores se obtendrá sumando el número de días trabajados por el trabajador en SASEMAR.
Se colocarán de manera descendente según la puntuación obtenida.

2.1.2 Personal que nunca trabajó en SASEMAR.

La puntuación asignada a estos trabajadores se obtendrá sumando el tiempo embarcado; dicho tiempo embarcado será debidamente justificado por Libreta Marítima Española con los cuños y firmas correspondientes de embarque y desembarque del Capitán/Patrón y Capitanía Marítima o, Libreta Marítima No Española y Certificado de Empresa Naviera.
Se colocarán de manera descendente según la puntuación obtenida a partir del último que fue ordenado según el criterio 2.1.1.

2.2 Si se ha producido provisión externa de vacante en el grupo profesional, área funcional y unidad transversal.

Se establecerá una prelación de trabajadores por el orden en el que han quedado tras la prueba selectiva.

3. Funcionamiento de la bolsa.

Los demandantes de empleo serán llamados para cubrir un puesto de trabajo en alguna de las unidades de embarque siguiendo el riguroso orden establecido, empezando por el primero.

Cuando se requiera de un demandante de empleo, se le localizará por llamada telefónica.

Si el demandante de empleo no se localiza en el periodo que sea establecido, se pasará al siguiente demandante de empleo de la lista.


El trabajador que proviene de la bolsa de embarque y está cubriendo un puesto de trabajo en alguna unidad de embarque, al cesar la relación laboral con la empresa, volverá la Bolsa de embarque a la misma posición que tenía y no ocupará una nueva posición en la bolsa de embarque hasta que se vuelva a actualizar los méritos de la bolsa de embarque.

4. Control de la bolsa de embarque.

El Comité de Flota a través de su presidente o las Secciones Sindicales a través de sus responsables de Sección podrán ser informados de la evolución de la bolsa o podrán solicitar información del estado de la misma para su control siempre que no se vulneren los derechos de información sindical o de protección de datos.



PROPUESTA DE VALORACION DE MERITOS PARA
PROVISION DE VACANTE ORDINARIA.

1.VALORACION DE MERITOS: PROCESO DE PROVISION ORDINARIA DE VACANTE.
De acuerdo con el proceso de provisión de vacantes establecido en el Artículo 10 del XIII Convenio Colectivo de Flota, para el supuesto de provisión ordinaria de vacante se aplicarán los siguientes procedimientos para la valoración de méritos.


1.1 Concurso de Traslado.


CRITERIOS
PUNTOS
MAXIMO
Por cada mes trabajado para SASEMAR bajo cualquier tipo de contratación.
0,02
4,5
Domicilio Habitual situado respecto de la Unidad de Embarque:

(Si la vacante se oferta en el archipiélago Balear los solicitantes con domicilio habitual en cualquier parte del archipiélago Balear podrán acogerse a la mejor opción.
Si la vacante se oferta en el archipiélago Canario los solicitantes con domicilio habitual en cualquier parte del archipiélago Canario podrán acogerse a la mejor opción )
Entre 0 y 50 km
2
2
Entre 51 y 100 km
1
Entre 101 y 200 km
0,5
Archipiélago Balear
1
Archipiélago Canario
1
Situación Familiar
Por cada hijo/a  menor de 26 años a cargo y/o custodia
0,5
1,5
Ascendientes directos de primer grado que convivan con el interesado y a su cargo
0,25
0,5
Formación
Cursos, Diplomas de asistencia, Certificados.
Por crédito
0,0125
0,5
Por hora
0,0005
Por día
0,004
Titulaciones académicas, (que no sean las exigidas para el puesto de trabajo ni aquellas que fueron pasarela para obtener la titulación requerida según lo recogido en el Catálogo de Categorías Profesionales).
Para todas las titulaciones se tendrán en cuenta sus equivalentes.
Técnico Medio
0,15
1
Técnico  Superior
0,3
Grado
0,7
Grado & Master (EEES)
1


1.2 Promoción Interna.



CRITERIOS
PUNTOS
MAXIMO

Formación
Cursos, Diplomas de asistencia, Certificados.
Por crédito
0,0125
1
Por hora
0,0005
Por día
0,004
Titulaciones académicas, (que no sean las exigidas para el puesto de trabajo ni aquellas que fueron pasarela para obtener la titulación requerida según lo recogido en el Catálogo de Categorías Profesionales).
Para todas las titulaciones se tendrán en cuenta sus equivalentes.
Técnico Medio
0,3
1,3
Técnico  Superior
0,5
Grado
0,1
Grado & Master (EEES)
1,3
Experiencia
Interna.

Por cada mes completo como personal laboral de la flota marítima en la categoría de la que es objeto de promoción
0,05
1,5
Por cada mes completo como personal laboral de la flota marítima en la categoría inmediatamente inferior a la que es objeto la promoción según su área funcional y unidad transversal.
0,015
3
Por cada mes completo como personal laboral de la flota marítima en otras categorías distintas de las evaluadas anteriormente.
0,03
0,9
Experiencia Externa.
Por cada mes completo en la categoría de la que es objeto de promoción.
0,03
0,5
Por cada mes completo en la categoría inmediatamente inferior a la que es objeto la promoción según su área funcional y unidad transversal.
0,01
1,5
Por cada mes completo en otras categorías distintas de las evaluadas anteriormente.
0,01
0,3




PROPUESTA DE VALORACION DE MERITOS PARA
PROVISION DE VACANTE EXTERNA.

1.VALORACION DE MERITOS: PROCESO DE PROVISION EXTERNA DE VACANTE.
De acuerdo con el proceso de provisión de vacantes establecido en el Artículo 10 del XIII Convenio Colectivo de Flota, para el caso de provisión externa de vacantes se aplicarán los siguientes procedimientos para la valoración de méritos.

A la hora de valorar los méritos en la fase de concurso, estos tendrán un peso relativo sobre el total de la puntuación obtenida por méritos y que deberá de venir indicada en la convocatoria.


1.1. EXPERIENCIA PROFESIONAL.


GENERAL
ESPECIFICO
Puntos por mes.
Personal que trabaja o trabajo en SASEMAR
Buques y Embarcaciones

CCS, CNCS

Bases Logísticas

Centro Jovellanos

Buques o Embarcaciones dedicadas a
Remolque

Salvamento Marítimo

Lucha Contra la Contaminación

Otros Buques o Embarcaciones Civiles 
Petroleros, Gaseros, Pesqueros

Empresas de Tierra      
Astilleros, Montajes……





1.2. TITULACION PROFESIONAL.

TITULACION PROFESIONAL
REMOLCADORES
GUARDAMARES
SALVAMARES
CAPITAN DE LA M/M.



PILOTO DE PRIMERA DE LA M/M.



PILOTO DE SEGUNDA DE LA M/M.



PATRON DE ALTURA.



PATRON DE LITORAL.



MARINERO DE PUENTE.



MARINERO DE PUENTE/MAQUINAS.



JEFE MAQUINAS M/M.



OFICIAL DE PRIMERA DE MAQUINAS M/M.



OFICIAL DE SEGUNDA DE MAQUINAS M/M.



MECANICO MAYOR NAVAL.



MECANICO NAVAL.



MARINERO DE MAQUINAS.





1.3. FORMACIÓN.

Se valorará aquella titulación académica extra que no sea las exigida para el puesto de trabajo ni aquellas que fueron pasarela para obtener la titulación requerida según lo recogido en el Catálogo de Categorías Profesionales.


TITULACION ACADEMICA EXTRA.
PUNTOS
Doctor.

Diploma Estudios Avanzados

Master EEES

Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas

Grados Universitarios

Diplomado Universitarios, Ingenieria Tecnica, Arquitectura Técnica

Formación Profesional Tecnico Superior

Formación Profesional Tecnico Medio




Formación relacionada con el ejercicio de las funciones de la categoría profesional.
PUNTOS
Por hora de formación

Por crédito de formación

Por día de formación

Por semana de formación

Por mes de formación

Formación NO relacionada con el ejercicio de las funciones de la categoría profesional.
PUNTOS
Por hora de formación

Por crédito de formación

Por día de formación

Por semana de formación

Por mes de formación